Somos especialistas en la elaboración e implementación de planes de emergencia y evacuación
con más de 10 años de experiencia trabajando para distintas empresas e instituciones entre las cuales podemos señalar Mineras, Colegios, Clínicas, Centros Comerciales, Mutuales, Hoteles entre otras. Nuestro servicio incluye la elaboración de Planos informativos de Emergencia y Evacuación, en los cuales se detalla claramente la ubicación de Vías de evacuación, Zonas de Seguridad, elementos de control de incendios (extintores, red húmeda, red seca, red inerte de electricidad entre otros elementos) que son de vital importancia para enfrentar eficazmente una emergencia.
¿Quienes deben tener un Plan de Emergencia?
Edificios acogidos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Edificios habitacionales, corporativos o de oficinas).
Las empresas productivas, de servicios, comerciales, industriales y en general todo lugar de trabajo conforme al Decreto Supremo Nº 594.
Establecimientos Educacionales (Colegios, Jardines Infantiles, Sala cuna), conforme a lo establecido en la Resolución Nº 51 emanada del Ministerio de Educación.
Video Incendio Edificio
¿Qué dice la ley?
Articulo 36 Ley 19.537 Copropiedad Inmobiliaria: Todo condominio deberá tener un plan de emergencia ante siniestros, como incendios, terremotos y semejantes que incluya medidas para tomar, antes durante y después del siniestro, con especial énfasis en la evacuación durante incendios.
Artículo 42 Decreto Supremo Nº 594: El empleador mantendrá disponible permanentemente en el recinto de trabajo, un plan detallado de acción, para enfrentar emergencias.
EL NUEVO DEYSE, un aporte sustantivo de ONEMI al desarrollo efectivo de una CULTURA PREVENTIVA (Aprobado por el Ministerio de Educación el 4.01.2001 mediante Res. Ex. N 51)
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